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Glosario · Ley 21.442

Glosario de la Ley 21.442: términos de copropiedad inmobiliaria en Chile

Este glosario reúne 20 términos de la copropiedad inmobiliaria en Chile —los que fija la Ley 21.442 y los que aparecen en la administración del día a día—, explicados en castellano de vecino y con la cita del artículo cuando corresponde. Sirve a administradores de condominios, integrantes del comité y copropietarios que necesitan entender un término que apareció en un aviso de cobro, una citación a asamblea, un acta o una carta con acuse de recibo, sin tener que leer la ley completa.

Este glosario es información general y no constituye asesoría jurídica. TusComunes implementa artículos concretos de la Ley 21.442 en su software; no es un estudio de abogados ni reemplaza a uno. El texto completo y vigente de la ley está en el sitio de la Biblioteca del Congreso Nacional: Ley 21.442 en bcn.cl.

Acta y resoluciones

Resumen y acuerdos de la reunión

El acta deja por escrito lo tratado en la asamblea; las resoluciones son los acuerdos que se tomaron en ella.

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Alícuota

Porcentaje de propiedad

La proporción del condominio que corresponde a cada unidad. Con ella se reparten los gastos comunes y se pondera el voto en la asamblea.

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Asamblea

Reuniones de copropietarios

Las reuniones donde los copropietarios deciden sobre el condominio: presupuestos, reglamento, comité y otros acuerdos.

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Causa judicial

Juicios y demandas

Los cobros de deuda que llegaron a tribunales porque no se resolvieron por otra vía.

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Certificado de deuda

Comprobante de deuda

El documento que certifica cuánto debe una unidad, o que no debe nada, para trámites como una venta.

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Citación

Llamado a la asamblea

El aviso formal que convoca a los copropietarios a la asamblea. Se cursa entre 5 y 15 días antes de la sesión, por correo registrado o carta certificada al domicilio (art. 16 de la Ley 21.442).

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Comité de administración

Directiva vecinal

Los vecinos elegidos para representar al condominio y resolver los asuntos del día a día entre una asamblea y otra.

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Convenio de pago

Acuerdos para pagar en cuotas

Un plan para que un copropietario moroso pague su deuda en cuotas en vez de todo junto.

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Copropietario hábil / inhábil

Puede votar / No puede votar por deuda

Un copropietario con más cuotas impagas que el número que fija el condominio queda inhábil y no puede votar hasta ponerse al día.

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Cumplimiento

Cobranza y sanciones

Las herramientas para cobrar deudas y aplicar las sanciones que el reglamento y la ley permiten.

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Gobernanza

Organización y decisiones

El comité, las asambleas, el reglamento y las notificaciones formales: cómo se organiza y decide el condominio.

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Habilitación

Quiénes pueden votar

Las unidades al día con sus gastos comunes, según el número de cuotas impagas que el condominio fija como límite antes de perder el derecho a voto.

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Infracción

Faltas al reglamento

Conductas que incumplen el reglamento de copropiedad y que pueden derivar en una multa.

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Notificación formal

Cartas con acuse de recibo

Comunicaciones que la ley exige entregar de forma verificable, como el cobro de una deuda o el aviso de una sanción.

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Parámetros legales

Configuración de cobranza

Los plazos, intereses y umbrales que la ley permite fijar para la cobranza de gastos comunes.

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Prescripción

Deudas que ya no se pueden cobrar

Pasado cierto tiempo sin ninguna gestión de cobro, la ley impide exigir el pago de una deuda.

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Quórum

Porcentaje mínimo para decidir

La proporción de los derechos del condominio que debe estar presente o representada para que la asamblea se constituya: 33% la ordinaria, 50,01% la extraordinaria de mayoría absoluta y 66% la de mayoría reforzada. Si no se reúne, la ley manda ocurrir al juez de policía local (art. 15, cuadro, y art. 16 inciso 2).

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Reglamento de copropiedad

Normas del condominio

El documento que fija las normas de convivencia y funcionamiento del condominio, aprobado en asamblea.

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Rendición de cuentas

Cuentas del mes

El detalle de en qué se gastó la plata del condominio cada mes, que la ley obliga a informar a los copropietarios.

Art. 31, Ley 21.442

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Suspensión

Corte de servicios por deuda

La suspensión de servicios comunes a una unidad morosa, en los casos y con los plazos que la ley permite.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 21.442?
La Ley 21.442 es la ley de copropiedad inmobiliaria vigente en Chile. Regula cómo se organizan, administran y financian los condominios: fija las reglas del comité y las asambleas, el cálculo y prorrateo del gasto común, el fondo de reserva, las multas por infracciones al reglamento, la suspensión de servicios por deuda y las notificaciones formales entre el condominio y cada copropietario.
¿A quién se aplica la Ley 21.442?
Se aplica a todo condominio acogido al régimen de copropiedad inmobiliaria en Chile: edificios y conjuntos con bienes de dominio común. Alcanza a tres roles distintos: el administrador, que gestiona el día a día; el comité, elegido para representar a los copropietarios entre una asamblea y otra; y cada copropietario, titular de una unidad y de la alícuota que le corresponde sobre los bienes comunes.
¿Qué es una alícuota?
La alícuota es el porcentaje de propiedad que corresponde a cada unidad de un condominio, fijado en el reglamento de copropiedad. Sirve para repartir el gasto común entre las unidades cuando el prorrateo se calcula por alícuota —la otra opción es partes iguales— y para ponderar el peso del voto de cada copropietario cuando la asamblea decide un acuerdo.
¿Qué es el fondo de reserva?
El fondo de reserva es una reserva de dinero que el condominio acumula además del gasto común ordinario, con un recargo mínimo del 5% del gasto común mensual que exige el artículo 39 de la Ley 21.442. Financia reparaciones urgentes y extraordinarias, y una parte queda resguardada para el término de contrato del personal del condominio. Según el gasto, autoriza el retiro el comité o la asamblea.
¿Qué es el quórum de una asamblea?
El quórum es la proporción de los derechos del condominio que debe estar presente o representada para que una asamblea se constituya y pueda decidir. La Ley 21.442 fija tres niveles según la materia: 33% para la asamblea ordinaria, 50,01% para la extraordinaria de mayoría absoluta y 66% para la extraordinaria de mayoría reforzada.

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